¿Qué es modelo 720?
La declaración informativa de bienes situados en el extranjero por encima de determinados umbrales.
El umbral habitual es de 50.000 € por categoría (cuentas, valores y seguros, inmuebles), valorado a 31 de diciembre. No es un impuesto: es información.
Lo relevante es dónde está la entidad, no dónde está domiciliado el producto.
Un ETF irlandés comprado a través de un bróker español no computa. El mismo ETF en un bróker extranjero, sí.
Desarrollado en profundidad en Declarar inversiones en el extranjero: modelo 720, ETE y D-6.
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